Abogado en Toledo. Félix Béjar. Telf.: 679 60 19 44.
A diario, ya sea en televisión, radio, la calle, redes sociales, solemos oír y leer sobre querellas, denuncias y demandas, muchas veces parece que se utilizan como sinónimos y quizá no conozca bien la diferencia entre una y las otras dos.
¿Sabes cuales son las diferencias entre querella, denuncia y demanda?
En primer lugar, te indicamos que, desde el punto de vista jurídico, existen diferencias entre las tres. El equipo de profesionales de este despacho de abogados en Toledo está para ayudarte y en el presente post te vamos a indicar cuales son los principales rasgos tanto de semejanza como diferenciadores de Querella, denuncia y demanda:
¿Cuál es la principal similitud entre querella, denuncia y demanda?
Todas ellas, sirven para iniciar un procedimiento judicial.
¿Cuáles son las principales diferencias entre querella, denuncia y demanda?
La vía judicial y rama jurídica en la que se va a utilizar, por ejemplo: mientras que la denuncia y la querella se utilizan como vía para iniciar un procedimiento en el orden judicial penal, la demanda se utiliza en la vía civil, laboral y mercantil.
Además, en este despacho de abogados en Toledo, nuestros profesionales te van resumir en que consiste cada una de las vías de inicio a procedimientos judiciales (querella, denuncia y demanda):
¿Qué es una demanda?
En este despacho de abogados de Toledo, entendemos por demanda la petición o solicitud presentada de forma escrita, ante los Tribunales laboralistas, mercantiles o civiles, dependiendo de la naturaleza de los hechos.
Deben apoyarse y por tanto indicar los fundamentos jurídicos o fundamentos de derecho que motivan las reclamaciones o pretensiones que se formulan en el cuerpo de la demanda.
¿Qué es una querella?
La querella debe presentarse ante el Juzgado con competencia en el asunto y en el escrito además de comunicar las acciones o hechos que pueden ser considerados delictivos, también se solicita la apertura del procedimiento.
Destacar que la persona querellante forma parte directa del procedimiento que se pretende iniciar.
Para la querella es obligatoria la representación mediante Procurador y la defensa mediante Abogado.
Para realizar un escrito de querella, debemos respetar más escritos formales que para realizar un escrito de denuncia. Los datos principales que deben aparecer en el escrito de querella son:
La identidad del propio querellante, en la descripción de los hechos también tiene que indicarse la fecha y lugar en la cual se produjeron, la petición de admisión a trámite del escrito, la indicación de las diligencias que deben ser practicadas por el Juzgado y debe enviarse al Juzgado firmada por el querellante.
¿Qué es una denuncia?
La denuncia, no deja de ser una declaración o comunicación de un presunto hecho delictivo ante un funcionario competente o un agente de la autoridad como puede ser la Policía, un Juez o el Ministerio Fiscal, los cuales recogerán la información que les han comunicado. Dicha comunicación o declaración puede realizarse tanto de forma oral como escrita y no es obligatorio ni ser parte en el procedimiento ni acudir defendido por Abogado ni representado por Procurador.