A diferencia del año pasado, en el cual el importe exento de tributación era de VEINTE MIL EUROS (20.000€), este año, en la lotería de Navidad 2020 el importe exento es del doble, es decir, CUARENTA MIL EUROS (40.000€), por lo tanto a quien le haya tocado la lotería de Navidad 2020 en Toledo, pagará menos impuestos que a las personas que les tocó la lotería en el año dos mil diecinueve (2019) en Toledo.

Fiscalidad de la Lotería de Navidad 2020
Fiscalidad de la Lotería de Navidad 2020

Todo lo anteriormente expuesto, se debe a lo establecido en los Presupuestos Generales del Estado del año 2018 y en contra de lo que a simple vista pueda parecer, por encima de los CUARENTA MIL EUROS (40.000€), el gravamen no varía, es decir, el gravamen sigue siendo del VEINTE POR CIENTO (20%).

En consecuencia de lo indicado, solo mantienen la obligación de tributar el primer premio, conocido en la Lotería de Navidad como “el premio gordo” y los dos (2) premios que le siguen, es decir, el segundo premio y el tercer premio, conocidos respectivamente como “el segundo” y “el tercero”.

E base a ello, tanto ni los cuatros premio como los quintos premios, ni la pedrea, deben tributar al no superar el umbral señalado en los Presupuestos Generales del Estado, es decir, al no superar los cuarenta mil euros (40.000€).

Por lo tanto, la tributación del gordo de Navidad y la tributación del segundo y el tercer premio Lotería de Navidad 2020 en Toledo, sería la siguiente:

– El Gordo de Navidad: El ciudadano premiado con el Gordo de Navidad, recibirá CUATROCIENTOS MIL EUROS (400.000€), cuyo gravamen correspondiente es del veinte por ciento (20%), por lo que el ganador deberá pagar a Hacienda SETENTA Y DOS MIL EUROS (72.000€) por cada décimo y por tanto el premio real es de TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL EUROS (328.000€).

– El segundo premio: Al ganador del segundo premio de la Lotería Nacional de Navidad 2020 de fecha 22 de diciembre de 2020, supuestamente le “tocan” CIENTO VEINTICINCO MIL EUROS (125.000€) euros al décimo, pero de los cuales debe pagar a Hacienda el gravamen del veinte por ciento (20%), es decir, DIECISIETE MIL EUROS (17.000€) y el premio real será de CIENTO OCHO MIL EUROS (108.000€).

– El tercer premio: A los ganadores del tercer premio de la Lotería de Navidad de 2020 del fecha 22 de diciembre de 2020, les corresponde un total de cincuenta mil euros (50.000€) por cada décimo, de los cuales tienen que pagar a Haciendo en concepto del gravamen la cantidad de DOS MIL EUROS (2.000€) y por tanto, el total real a recibir por cada boleto de Lotería de Navidad premiado con el tercer premio es de CUARENTA Y OCHO MIL EUROS (48.000€).

– El cuarto premio: por lo que respecta a los ganadores de los boletos de Lotería de Navidad 2020 del día 22 de diciembre de 2020, el premio económico que le corresponderá será de VEINTE MIL EUROS (20.000€) por cada décimo.

A diferencia de lo que sucede con el primer premio (el gordo de Navidad) y con los segundo y tercer premio, en el cuarto y siguientes, el importe a recibir está por debajo de la cantidad necesaria para aplicar el gravamen, por lo que recibirán la totalidad del importe correspondiente al premio, es decir: VEINTE MIL EUROS (20.000€).

– El quinto premio: a los afortunados cuyo boleto coincida con el quinto premio, les corresponderán SEIS MIL EUROS (6.000€) por décimo premiado. Al igual que el cuarto premio y que la pedrea, al tratarse de una cuantía inferior a CUARENTA MIL EUROS (40.000€), los afortunados con dicho quinto premio de la Lotería de Navidad 2020 no tendrán que tributar por dicha cantidad.

– Tanto la pedrea como el resto de todas las aproximaciones y los reintegros: No tendrán que tributar al ser cantidades inferiores a los CUARENTA MIL EUROS (40.000€).

Fiscalidad de la Lotería de Navidad 2020
Fiscalidad de la Lotería de Navidad 2020

¿Cómo se declara el dinero ganado en la Lotería de Navidad 2020?

Los premiados en la Lotería de Navidad 2020 de fecha 22 de diciembre de 2020, deben saber que no van a tener ningún problema a la hora de declarar el dinero y que no deberán realizar ningún tipo de trámite, ya que Hacienda de forma automática y directamente coge su parte del dinero.

Aunque sí que debería saber que el dinero ganado en la Lotería de Navidad 2020 lo reinvierte, los rendimientos que obtenga por dicha inversión deberán Tributar a Hacienda ya sea mediante el impuesto del patrimonio o mediante intereses bancarios.

Pero no mediante el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), es decir, en la declaración anual no tendrá que pagar un importe superior como consecuencia de ello, ni perjudicará a la persona a la hora de solicitar y obtener becas, prestaciones sociales o ayudas públicas.

¿Y qué sucede si compartimos las Lotería de Navidad 2020?

Si no le toca ningún premio no sucedería nada en cuanto a tributación respecta, por el contrario, si le toca un premio en un boleto de lotería compartido puede que tenga que aplicarse el impuesto de sucesiones y donaciones.

Dicho impuesto lo pagaría el receptor del premio, al cual aconsejamos que al recogerlo informe de lo sucedido en el propia Administración.

El impuesto de sucesiones y no es igual en todas las Comunidades Autónomas (CC.AA.).

De igual forma que si se cobra en la administración, si los ganadores lo cobran en una entidad bancaria, también es aconsejable que informen de ello, es decir, que expliquen la situación y quién son los ganadores de la Lotería de Navidad 2020.

La entidad bancaria informará a la Agencia Tributaria (es obligatorio).

En caso de que no se siga nuestro consejo de informar de quién son los ganadores y que solo lo reciba una persona, a la hora de cobrar los demás, la Agencia Tributaria puede entenderlo como una donación y volver a “coger su parte” por segunda vez sobre el mismo premio.

¿Qué sucede si el ganador de la Lotería de Navidad es una cooperativa, empresa, asociación o cualquier otra persona jurídica?

La cantidad dineraria del premio, a diferencia que en las personas físicas, formará parte de la base imponible del impuesto de sociedades de la persona jurídica. Por lo que se procederá a descontar la retención correspondiente a la cantidad que les pueda resultar a pagar.

Fiscalidad de la Lotería de Navidad 2020
Fiscalidad de la Lotería de Navidad 2020
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