En el presente post, en www.abogadolaboraltoledo.es les informamos sobre las modificaciones en la actual Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial, mediante Real Decreto.
Si bien dichas modificaciones, en la actualidad, aún se encuentran en fase de tramitación parlamentaria, en este despacho de abogados en Toledo “confiamos” en que entren en vigor antes de que finalice el año 2021.
Concretamente, se realizarán 4 modificaciones, todas ellas en relación con la nueva forma de “adelantar a ciclistas” y consisten en:
1.- No adelantar si vienen ciclistas por el carril contrario (aunque vaya por el arcén).
2.- La velocidad máxima que se puede emplear para adelantar a ciclistas, debe ser de al menos 20 km/h por debajo del límite máximo permitido en dicha carretera, es decir: si la carretera es de 90 km/h, la velocidad máxima a la que se podrá adelantar a ciclistas es a 70 km/h.
¿La DGT pretende reducir la velocidad de adelantamiento?
En este despacho de abogados en Toledo, de acuerdo con toda la información sobre tráfico de la que nos nutrimos a diario, creemos que las intenciones de la DGT en cuanto a los adelantamientos en carreteras convencionales son las siguientes:
Para adelantar a cualquier otro vehículo, no podrá superarse la velocidad máxima permitida, es decir, toda apunta a que se pretende que los adelantamientos se hagan por debajo de la velocidad máxima permitida.
A modo de ejemplo, si en una carretera convencional la velocidad máxima es de 90 km/h, es posible que la velocidad máxima a la hora de adelantar no pueda superar dichos 90 km/h en 20 km/h adicionales.
3.- A la hora de adelantar a ciclistas, la separación entre el vehículo y el ciclista debe ser de al menos 1´50 m (UN METRO Y MEDIO).
4.- Para adelantar a ciclistas se permite rebasar la línea continua y por tanto ocupar parte de la calzada del carril contrario siempre que no suponga ningún peligro ni para el ciclista ni para el resto de vehículos.
Por lo tanto;
¿Se puede pisar la línea continua para adelantar a ciclistas?
¡SI! Pero primero reduce la velocidad y comprueba que en el carril contrario no viene otro vehículo o ciclista (aunque sea por el arcén) y calcula al menos 1´5 metros como distancia de seguridad.
¿Qué les sucederá a quién incumpla las nuevas normas básicas para adelantar a ciclistas?
Será sancionado con una multa cuyo importe no será inferior a 200 € (DOSCIENTOS EUROS) y además, también con la pérdida de 3 (TRES) puntos en su carnet de conducir.