La Ley Celaá
La famosa Ley Celaá, junto con el estado de alarma y la Covid-19, es el tema de actualidad, en base a la nueva reforma en el sistema educativo (la cual supongo que durará poco al igual que sus predecesoras) y que toca temas muy sensibles y conflictivos para la población, ya saben: el castellano, la religión y la libertad.
¿Qué se quiere consiguen al enfrentar a la educación pública con la concertada o privada? ¿En este momento con una crisis sanitaria y otra económica lo que necesita España es esta reforma de la ley de educación o sería mejor que centraran los esfuerzos en otros asuntos? ¿De verdad es necesario o solo pretenden generar conflicto, odio y división? ¿En qué tipo de colegios y universidades han estudiado sus promotores y a dónde llevan a estudiar sus hijos e hijas?
Con independencia de los motivos que hayan llevado a las modificaciones de la ley de educación, parte de la población considera que la Ley Celaá aparenta ser más una reforma ideológica políticamente que una reforma con la finalidad disminuir el nivel de abandono escolar.
Recordemos que la Ley de educación anterior a la Ley Celaá es la LOMCE o también conocida como la Ley Wert. Con tan sólo un antigüedad de 7 (SIETE) años.
¿Qué sucede con la Religión?
Dicha asignatura dejará de computar en la nota media de cara a los procesos de evaluación para el acceso a los estudios universitarios, tampoco computará para el acceso o solicitudes de ayudas para el estudio como por ejemplo son las Becas, ni será obligatoria para los y las estudiantes.
La conocida como Ley Celaá, indica que en los cursos de Primaria, se impartirá un área de Educación en Valores cívicos y éticos, los cuales se basarán principalmente en desarrollar el respeto y los valores tanto a los Derechos Humanos, como a la Infancia y a la igualdad.
Y en Secundaria, el total del alumnado deberá cursar Educación en Valores, la cual consistirá en impartir conocimientos sobre los impuestos y la justicia fiscal.
Si bien es verdad que tanto en Primaria, como en Secundaria, existirá la posibilidad de cursas la enseñanza “no confesional” de cultura de diferentes religiones.
¿Qué sucede con la educación en los colegios concertados?
La Ley Celaá parece dejar claro su defensa de la educación pública sobre la educación concertada y la educación privada. Para ellos elimina la «demanda social» necesaria para poder abrir nuevos centros concertados de educación o para aumentar sus plazas dichos centros concertados.
Debido a lo indicado, los colegios de educación concertada no tendrán la posibilidad de percibir cuotas económicas por parte de las familias de las alumnas y alumnos en relación con la enseñanza consideradas de “carácter gratuito”, ni tampoco podrán recibir dinero por imposiciones a fundaciones ni a asociaciones.
¿Qué sucede con el castellano?
Las asignaturas de lenguas cooficiales y literatura, modificará su denominación y pasará a llamarse legua propia y literatura.
En cuanto al porcentaje de impartición de las materias calificadas con contenidos básicos de la enseñanza mínima que previamente fija el Ministerio, no podrán suponer más del 50% del total de los horarios para los y las estudiantes de las Comunidades Autónomas con lengua cooficial.
Por lo que respecta a los y las estudiantes de los centros educativos de las Comunidades Autónomas en las que no existen lenguas cooficiales, el porcentaje máximo del total de las horas de impartición de las materias consideradas como contenidos básicos de la enseñanza mínima que fija el Ministerio, será del 60%.
¿Qué sucede con los centros de Educación Especial?
Con la Ley Celaá, los centros de Educación Especial no cuentan con muchas ventajas, ya que en base al Artículo 4.3 LOMLOE, se indica que: “se tendrá que lograr el acceso o la permanencia de este alumnado en el régimen más inclusivo”.
Además en la Disposición Adicional Cuarta de la LOMLOE, se complementa el artículo 4.3 de la LOMLOE, al indicar que el Gobierno colaborará con las Administraciones educativas en el desarrollo de un plan con la finalidad de que en 10 (DIEZ) años de plazo, los centros educativos ordinarios tengan los recursos suficientes como para poder atender a alumnado con discapacidad en mejores condiciones.
Junto con lo anterior, se hace referencia a que se continuará prestando el apoyo que sea necesario a todos los centros de educación especial en relación con los alumnos que necesiten una atención muy especializada.
¿Qué sucede con los suspensos?
En cuento a la ESO, puede superarse sin tener en cuenta el límite de asignaturas que haya suspendido la alumna o el alumno.
En cuanto a los estudios de Bachillerato, es diferente, ya que para aprobarlo se necesita suspender como máximo una asignatura y que el alumno o la alumna cuenten con el visto bueno del equipo docente.
En cuento a lo anterior, se podría decir que existen 2 (DOS) tipos de pensamientos diferentes, los que lo ven como una forma de aprobar al que no sabe y los que lo ven como una forma de ayudar a las alumnas y alumnos a quienes se les “atasca” una materia o profesora o profesor, el acceso a otros estudios superiores y más útiles en cuanto al futuro laboral de la alumna o alumno.
Y ahora las preguntas son ¿esta reforma va a mejorar el nivel de estudios de los españoles y españolas o vamos a seguir en la parte más baja de la cola? ¿Van a modificar un sistema educativo que no funciona por otro que tampoco va a funcionar?
Si siguen castigando a las alumnas y alumnos y a sus padres y madres con tantos deberes y dejándoles sin tiempo libre ni puentes ¿conseguirán motivar más a los alumnos y alumnas y que la situación cambie? ¿El problema es de todas las generaciones de alumnos y alumnas o de los profesores y profesoras o de los planes de estudio?
En fin, quizá solo se estén haciendo modificaciones para que en realidad nada cambie ni mejore a los sistemas educativos anteriores.